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Considerando lo necesaria que es la Palabra de Dios, que es el único alimento del alma, y esa excelente luz por la que debemos caminar, en esta nuestra peregrinación más peligrosa, en todo momento conveniente debe ser predicada a la gente, para que todos puedan aprender su deber hacia Dios, su Príncipe y sus vecinos según la mente del Espíritu Santo, expresada en las Escrituras, y también para evitar las múltiples deformidades que hasta ahora por falsa doctrina se han infiltrado en la Iglesia de Dios, y como todos los que son nombrado Ministros, no tienen el don de predicar con la suficiencia necesaria como para instruir a la gente, que está comprometida con ellos, de lo cual pueden surgir grandes inconvenientes, y la ignorancia aún se mantiene, si no se encuentra y se proporciona rápidamente un remedio honesto previsto para ello.

Sus majestades los Reyes más Excelentes, que buscan con suavidad la salud del alma de sus súbditos amorosos y la tranquilidad de sus conciencias, en los más destacados y principales puntos de la Religión Cristiana, y dispuestos también por el verdadero enunciado y la declaración pura de la Palabra de Dios, que es la principal guía y líder de toda piedad y virtud, para expulsar y ahuyentar todas las vidas corruptas, viciosas e impías, como también doctrinas erróneas y venenosas, tendientes a la superstición y la idolatría, por consejo de sus más Honorables Asesores, por licencia de estos, se causó un Libro de Homilías, que hasta ahora fue expuesto por su hermano más amoroso, un Príncipe con la memoria más digna, EDUARDO Sexto, que volverá a ser impreso, en el que están contenidas ciertas exhortaciones sanas y piadosas, para conducir al pueblo a honrar y adorar a Dios Todopoderoso, y diligentemente servirlo, cada uno según su grado, estado y vocación. Todas estas Homilías, su Majestad ordena y encomienda estrictamente a todos los Párrocos, Vicarios, Curas y todos aquellos llamados a ser sanadores de almas, todos los domingos y días festivos del año, en la ministración de la Sagrada Comunión, o incluso si no se ministra Comunión ese día, sin embargo, después del Evangelio y el Credo, en el orden y lugar señalados en el Libro de Oración Común, se debe leer y declarar a sus feligreses clara y distintamente una de las Homilías mencionadas, en el orden en que se encuentran en el Libro, excepto que haya un Sermón, según las Órdenes Judiciales señaladas en el Libro de mandatos de su Alteza, y sólo por esa causa, y por ningún otra, la lectura de dicha Homilía se aplazará hasta el próximo domingo o día festivo siguiente. Y cuando se de lectura al mencionado Libro de las Homilías, el deseo de su Majestad es que se repita lo mismo y se vuelva a leer, de la misma forma que antes se prescribió.

Además, su Alteza ordena que a pesar de este mandato, dichas personas eclesiásticas leerán sus Órdenes Judiciales de Majestad, según los tiempos y en el orden que se indique en el libro de las mismas. Y que la oración de los Lores, los Artículos de la Fe, y los Diez Mandamientos, se lean abiertamente a la gente, como se especifica en las Órdenes Judiciales señaladas, para que toda su gente, sin tomar en cuenta grado o condición, sea quienes fueren, puedan aprender cómo invocar y llamar el nombre de Dios, y saber cuál es el deber que tienen para con Dios como para el hombre; para que puedan orar, creer y trabajar según lo aprendido, mientras vivan aquí, y después de esta vida estén con Él quien con su sangre los compro venciéndolo todo. A quien con el Padre y el Espíritu Santo, sea todo honor y gloria por siempre jamás. Amén.

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¡Gracia y Paz del Señor!
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